La mayor disputa legal entre los medios españoles y Meta acaba de dejar una resolución histórica. El Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha condenado a la compañía propietaria de Facebook, Instagram y WhatsApp a abonar 542 millones de euros por prácticas consideradas de competencia desleal. El caso no gira en torno a derechos de autor ni a cómo se enlazan las noticias, sino a algo mucho más estructural: el uso de datos personales para obtener una ventaja publicitaria que alteró el mercado.
La sentencia reconoce que Meta utilizó información de usuarios de Facebook e Instagram infringiendo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), lo que habría permitido a la empresa ofrecer una segmentación publicitaria más precisa que la que podían ofrecer los medios españoles. Ese desequilibrio —sostiene el juez— perjudicó directamente a la prensa digital.
Un conflicto que se remonta a 2023
La disputa comenzó cuando más de 80 cabeceras representadas por la Asociación de Medios de Información (AMI) denunciaron que Meta realizaba un tratamiento ilícito de los datos de sus usuarios. Tras la entrada en vigor del RGPD, la compañía dejó de basar su modelo publicitario en el consentimiento directo y pasó a justificarlo como una “ejecución necesaria del contrato”, un cambio que la sentencia considera inapropiado para el tipo de uso que hacía de los datos.
Durante el proceso, la filial irlandesa de Meta evitó entregar sus datos económicos detallados en España. El tribunal, apoyándose en estimaciones, calcula que la empresa generó más de 5.281 millones de euros en ingresos publicitarios en el país durante los cinco años en que se produjeron las infracciones. Con esa base, se fijaron las indemnizaciones.
Según la resolución, 479 millones irán destinados a las cabeceras de la AMI, a los que se suman 60 millones en intereses. Europa Press recibirá cerca de 2,8 millones y la emisora Radio Blanca, unos 14.000 euros.
Más allá de la cifra, el caso supone uno de los golpes regulatorios más severos hacia una plataforma tecnológica en Europa. Es la quinta sanción más alta relacionada con el RGPD y, una vez más, recae sobre Meta, que ya acumulaba multas millonarias en Irlanda.
La decisión judicial introduce un elemento especialmente sensible en la industria: no solo se penaliza el uso indebido de datos personales, sino el efecto que este uso tiene en la competencia. Si la segmentación avanzada en redes sociales proviene de prácticas ilícitas, el perjuicio para quienes compiten por los mismos anunciantes es cuantificable y, como ha demostrado el tribunal, exigible.
El fallo ha despertado interés en otros sectores afectados. Asociaciones de televisión y radio han anunciado que también reclamarán compensaciones por un valor que podría superar los 160 millones.
Meta recurrirá, pero el foco político ya está encima
La compañía ha mostrado su intención de recurrir la decisión al considerar que los perjuicios no están suficientemente acreditados. Sin embargo, el frente no será únicamente judicial. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, afirmó que Meta deberá “rendir cuentas” en el Congreso, en un contexto de creciente presión europea hacia las grandes plataformas digitales.
Este escenario confirma un cambio progresivo: la regulación no solo se solapa entre privacidad y competencia, sino que se endurece. La industria publicitaria, especialmente en España, está entrando en una etapa donde las plataformas deberán justificar con mayor claridad cómo usan los datos y cómo impacta eso en el resto del mercado.
El caso Meta-AMI no cierra un capítulo: lo abre. La sentencia tensiona el modelo publicitario basado en datos y reabre el debate sobre el papel de las grandes plataformas frente a los medios tradicionales. También marca una dirección clara: cuando el modelo de negocio se apoya en el tratamiento de datos personales, el escrutinio será cada vez mayor y las consecuencias, cada vez más costosas.
